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miércoles, 24 de abril de 2013

LOMCE: LA ÚLTIMA VUELTA DE TUERCA




En el artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se afirma:

Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.”


El fin último de una ley de educación debe ser formar a una ciudadanía libre, formada, crítica, participativa, democrática y sobre todo más humana. Sin embargo la LOMCE se limita, desde el primer párrafo, a intentar mejorar la competitividad, a lograr unos mayores resultados cuantitativos y a aumentar el rendimiento económico.

La LOMCE o Ley Orgánica de Mejora de la Calidad Educativa, también denominada "Ley Wert", es en realidad una reforma de la Ley Orgánica de Educación (2/2006, del 3 de mayo) o LOE.

Esta será la reforma número trece del sistema educativo español. Desde la década de los setenta se han aprobado en España doce leyes orgánicas sobre educación, incluida la LGE de 1970 que reguló todo el sistema educativo y se aplicó hasta comienzos de los años ochenta. Siete leyes han regulado la enseñanza obligatoria y cinco de ellas se hicieron para reformarla; cuatro han regulado los estudios universitarios, y una la Formación Profesional.

Tras la aprobación de la Constitución de 1978, el Gobierno de Adolfo Suárez desarrolló la Ley Orgánica de Estatutos de Centros Escolares (LOEC), que se aprobó en 1980. Con posterioridad la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo en España, la conocida como LOGSE, fue aprobada por el Gobierno del PSOE en 1990. Con esta ley desaparecían EGB, BUP y COU, y aparecían los ciclos de Infantil (dos ciclos), Primaria (tres ciclos), Secundaria (dos ciclos) y Bachillerato. Con esta ley se aumentó la edad de escolarización de los 14 a los 16 años. El texto de la LOGSE fue sustituido en 2002, con el PP en el Gobierno, por el de la LOCE o Ley Orgánica de Calidad de la Educación. De ese texto, que apenas estuvo cuatro años vigente, será recordada la propuesta de la reválida, una serie de pruebas con las que comprobar el nivel de conocimientos en el Bachillerato. De esta época es también la Ley Orgánica de Universidades de 2001 Con la llegada del PSOE al poder en 2004, el Gobierno de Zapatero comenzó a diseñar el texto de la LOE (Ley Orgánica de Educación) que todavía está en vigor.

Los Objetivos que, según el anteproyecto, persigue la LOMCE son: 
  1. Reducir la tasa de abandono educativo temprano y mejorar la tasa de población que alcanza ESO.
  2. Fomentar la empleabilidad.
  3. Mejorar el nivel de conocimientos en materias prioritarias.
  4. Señalizar el logro de los objetivos de cada etapa.
  5. Incrementar la autonomía de los centros docentes.
  6. Intensificar el uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.
  7. Mejorar el aprendizaje de las lenguas extranjeras. 

Sin embargo en el desarrollo de la Ley estos objetivos son manifiestamente deformados y anulados.

Respecto a la actual LOE, esta ley incluirá, entre otros, los siguientes cambios:
  • Pretende adaptar la educación a las necesidades del mercado, suprimiendo y añadiendo asignaturas en función de la rentabilidad económica. (”La educación es el motor que promueve la competitividad de la economía y el nivel de prosperidad de un país. El nivel educativo de un país determina su capacidad de competir con éxito en la arena internacional y de afrontar los desafíos que se planteen en el futuro…”). Se sustituye el ideal de educar ciudadanas y ciudadanos, y el derecho constitucional de la educación, por el de formar mano de obra para el mercado laboral.
  • El Estado fijará el 65% (si hay lengua cooficial) o el 75% (si no la hay) de los contenidos educativos.
  • Mayor autonomía de la Dirección Escolar: se profesionaliza la función directiva para fomentar su eficacia y cumplir los objetivos de calidad que se planteen desde el gobierno, lo cual estará sujeto a incentivos. Los directores podrán establecer requisitos específicos para funcionarios e interinos, pudiendo rechazar las incorporaciones asignadas en la bolsa de trabajo. Asimismo, estarán facultados para promover el nombramiento de profesores adscritos a sus proyectos pedagógicos por necesidades de calidad.
  • Se crean evaluaciones nacionales externas y estandarizadas al final de Primaria y Secundaria Obligatoria, para medir el rendimiento académico del alumnado, evaluando según criterios unificados. Una de las medidas es la generalización de una evaluación al alumnado que finaliza tercer curso de Primaria para comprobar el grado de adquisición de las competencias básicas en comunicación lingüística y matemática. Permitiéndose a los centros la adopción de medidas ordinarias o extraordinarias, sin descartar el repetir curso, si esta evaluación es negativa.
  • Se quita el poder de las Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos, pasando éste a manos del gobierno y a la dirección del propio centro.
  • El Consejo Escolar pasa a ser un simple órgano consultivo de la Dirección del centro.
  • Cambia el carácter de las asignaturas vinculadas al aprendizaje de lenguas cooficiales de "asignaturas troncales" a asignaturas de especialización de carácter opcional no necesarias para la homologación de estudios.
  • Los resultados del rendimiento escolar podrán ser publicados, por lo que los rankings serán posibles.
  • Menor autonomía a los centros y mayor centralización estatal  de la educación.
  • La Administración podrá recolocar al profesorado, en caso de necesidad, sin respetar la adscripción y especialidad.
  • Permitirá la segregación del alumnado aduciendo a la especialización de los centros: “El proyecto educativo de calidad podrá suponer la especialización de los centros en los ámbitos curricular, funcional o por tipología del alumnado”. 

En resumen, podemos decir que la LOMCE:
  1. Tiene un exclusivo enfoque mercantilista.
  2. Concibe la educación como una carrera de obstáculos con múltiples reválidas.
  3. Es clasista y segregadora a través de itinerarios selectivos.
  4. Socava la participación democrática de la comunidad educativa en los centros.
  5. Opta por la centralización y control del currículo por la Administración.
  6. Introduce la “gestión empresarial” de los centros y su financiación según resultados, ordenándolos en ranking, previo paso a la privatización progresiva.
  7. Fomenta el negocio educativo y “legaliza” los conciertos con centros que discriminan por razón de sexo.

  
Por todo ello, podemos afirmar sin riesgo a equivocarnos que la LOMCE es la última vuelta de tuerca que hace falta para “consagrar” una España social de dos velocidades: la de los ricos y la de los pobres.